La protección de menores y adolescentes en el ámbito del deporte en España

El pasado 4 de mayo de 2021, se aprobó en el Congreso de los Diputados la “Ley orgánica de protección de la infancia y la adolescencia frente a la violencia”, popularmente conocida como “Ley Rodhes”. Se la ha denominado así en mención al famoso pianista que sufrió abusos sexuales siendo un niño, y que desde que contó su atroz experiencia en televisión, ha sido la voz y la cara visible de las víctimas de abuso. Es por eso, que el pianista, ha abanderado la lucha por la “protección de la infancia y adolescencia ante la violencia” durante años en nuestro país; y se ha convertido en todo un referente.

La violencia es deleznable, pero si además es ejercida hacia un menor resulta francamente inhumana. Y es un problema muy grave puesto que ha ido en aumento durante los últimos años. En 2018 el “Comité de Derechos del Niño”, ya informó tras la realización de sus exámenes pertinentes de la necesidad de llevar a cabo una “ley integral” para los niños y niñas. Así que esta nueva “Ley Rodhes” es una muy buena noticia para todos los defensores de los DDHH, y por supuesto, en especial de la infancia, ya que significa la etapa de la vida más frágil y vulnerable, y necesita ser protegida a ultranza, también de manera jurídica.

Esta nueva ley, amplía el plazo para la iniciación de la prescripción sobre los delitos graves hasta que la víctima cumpla 35 años. Además, el niño debe ser informado en todo momento sobre los temas jurídicos y administrativos de su caso, que se realizarán de manera gratuita, e incluso, la ley refuerza que el menor o la menor sea directamente quien lleve a cabo la denuncia.

¿En qué y cómo afecta esta nueva “Ley Rodhes” en el ámbito deportivo para la protección de los niños y adolescentes?

Esta nueva ley orgánica, además de recoger 13 fines para la protección del menor, incluye como apartado destacado el deporte. Ahora, ya se exigen unos protocolos y medidas en las federaciones y el CSD con el fin de evitar que se puedan cometer abusos y sea garantizada la protección del menor. Es un objetivo primordial para todas las entidades deportivas el llevar a cabo estas nuevas normativas; ya que cualquiera de ellas que realicen acciones habituales con menores, no quedan exentas de poner en marcha todas las medidas necesarias y mantener una implicación absoluta sobre el asunto.

¿Cuáles son estas nuevas normativas y cómo deben llevarlas a cabo los profesionales del deporte?

Estos protocolos se basan principalmente en prevención, detección anticipada e intervención. Y para esto, es necesario implantar un sistema de monitorización, y se convierte en obligatoriedad la figura del “delegado de protección”. Esta persona,
es la encargada de velar por la seguridad del menor, por ejemplo, en los lugares de entrenamiento. Estos lugares pueden exigir una disciplina física y un esfuerzo, pero nunca que se produzcan insultos, vejaciones, abusos, ni acoso. En los protocolos se puntualizan el tipo de comportamientos y escenarios en relación al acoso sexual (si existe un desequilibrio de poder que se pueda suscitar entre los deportistas y sus entrenadores, con lo que esto acarrea: relaciones de opresión y
extralimitación). Por otro lado, las medidas dentro de los protocolos de cómo pedir ayuda, de actuación, de atender a las víctimas, de evaluar el caso y de seguimiento individualizado.

Denunciar cualquier indicativo de violencia contra los menores ya es obligatoria por ley. Los “colectivos profesionales” son los que tienen más responsabilidad, dado que mantienen un contacto habitual con los menores. En España, el deporte, tanto en clubes como federaciones, deben obligatoriamente exigir un rigor absoluto para que los abusos sean del índole que sean cesen por completo. La infancia es sagrada, y aunque los casos de abuso que ya han ocurrido en el pasado no puedan remediarse, de hoy en adelante, proteger la infancia y adolescencia deben ser el gran reto para toda la sociedad en su conjunto.